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Cambio de Opcion en el Pago a Cuenta Impuesto de Sociedades 2012

Durante el mes de febrero de 2012 se inicia el plazo para poder cambiar la modalidad de cálculo del pago fraccionado del impuesto de sociedades del ejercicio 2012.
Recordad que existen dos modalidades del pago a cuenta:
a) La que denominamos comúnmente como la modalidad normal, en la que el pago a cuenta se calcula sobre el último ejercicio cerrado de la sociedad (18% del importe de la cuota a ingresar (casilla 599) de la última declaración del Impuesto sobre Sociedades).
b) La modalidad especial, donde se calcula el pago a cuenta sobre los resultados del ejercicio en curso, es decir sobre la base acumulada a 31 de marzo, 30 de septiembre, y 30 de noviembre.
Como la opción escogida es de aplicación obligatoria durante todo el ejercicio en curso (es decir durante todo el año 2012) es conveniente tener presente los resultados de las empresas durante el ejercicio 2011 (a declarar en julio de 2012) y la previsible evolución económica de la empresa durante el ejercicio 2012.
En el supuesto que una empresa tuviera beneficios en el 2011 y previera pérdidas o escasos beneficios en el ejercicio 2012, sería conveniente modificar la opción de cálculo en el pago a cuenta del año 2012, suponiendo que estuviera acogida a la modalidad normal, ya que en caso contrario se vería obligada a un fuerte desembolso en los pagos a cuenta de octubre y diciembre de 2012 que tendrían como referencia el impuesto del año 2011, con las posibles tensiones de tesorería que ello puede acarrear.
Recordad que si la sociedad cerró el ejercicio 2011 el 31 de diciembre y su volumen de operaciones en dicho año superó los 6.010.121,04 euros siempre aplicará la modalidad especial, así como la cuantía del pago fraccionado para las empresas que facturan más de veinte millones de euros al año.
El cambio de opción del pago a cuenta se realizará con el modelo censal 036.
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