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Comparativa de Contratos Bonificados

Contrato a tiempo parcial bonificado Vs. Contrato de formación bonificado
Edad – Tiempo en el desempleo para obtener la bonificación
Podrán acogerse a la bonificación cuando el empleado provenga del desempleo.
Contrato a tiempo parcial bonificado• . Tener una edad igual o inferior a 30 años y estar inscrito en el desempleo ininterrumpidamente al menos desde el 1 de enero de 2011.
Contrato de Formación bonificado• . Tener una edad inferior a 25 años y estar desempleados e inscritos en la Oficina de Empleo sin ninguna antigüedad.
Duración de la Bonificación a la cotización
Contrato a tiempo parcial bonificado• . Las empresas tendrán derecho durante los doce meses siguientes a la contratación, a una reducción del 100 % en todas las cuotas empresariales a la Seguridad Social, si el contrato se realiza por empresas cuya plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75 %, en el supuesto de que la empresa contratante tenga una plantilla igual o superior a esa cifra.
Contrato de Formación bonificado• . Las empresas tendrán derecho durante un máximo de 2 años y hasta 3 años si el convenio colectivo sectorial fija otra duración a una bonificación del 100 % tanto en cotizaciones de la empresa como del trabajador, con lo cual tendría un coste de Seguridad Social de 0 €.
Cálculo de la plantilla Media para de la Bonificación a la cotización
Las contrataciones deberán suponer un incremento de la plantilla de la empresa.
Contrato a tiempo parcial bonificado• . El contrato debe suponer un incremento neto de la plantilla de la empresa, se tomará como referencia el promedio diario de trabajadores con contratos indefinidos o temporales en el periodo de los noventa días anteriores a la nueva contratación.
Contrato de Formación bonificado• . El contrato debe suponer un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa, tomando como referencia el promedio diario de contratos indefinidos en la empresa en los 90 días anteriores a la contratación.
Obligación de mantener la plantilla para de la Bonificación
Las empresas que se acojan a estas reducciones estarán obligadas a mantener, durante el periodo de duración de la reducción, el nivel de empleo alcanzado con la contratación realizada.
Contrato a tiempo parcial bonificado• . Las empresas estarán obligadas a mantener promedio diario de trabajadores con contratos indefinidos o temporales
Contrato de Formación bonificado• . Las empresas estarán obligadas a mantener nivel de trabajadores fijos
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Comparativa de
contratos bonificados
Devolución de las cotizaciones por incumplimiento del nivel de empleo.
El incumplimiento por parte de las empresas de las obligaciones de mantener el nivel de plantilla, dará lugar a la devolución de las cotizaciones aplicadas sobre los contratos celebrados por incumplimiento.
Contrato a tiempo parcial bonificado• . Las cotizaciones aplicadas sobre el contrato a tiempo parcial deberán estar entre el 50 % y el 75 % sobre un contrato a jornada completa teniendo en cuenta el salario por convenio del puesto de trabajo
Ejemplo Cotizaciones a la Seguridad Social: Unos 300 € mes en 6 meses unos 1800€
a devolver
Contrato de Formación bonificado• . Las cotizaciones aplicadas sobre el contrato de formación son un coste fijo por mes sin tener en cuenta el salario.
Ejemplo Cotizaciones a la Seguridad Social: Coste fijo de 96.88 € mes en 6 meses
unos 581,28€ a devolver
Salario reducido
Contrato a tiempo parcial bonificado• . El salario del trabajador de estos contratos deberá estar entre el 50 % y el 75 % de un trabajador a tiempo completo. Tomando en cuenta el salario establecido en el convenio colectivo para ese puesto de trabajo.
Contrato de Formación bonificado• . La retribución del trabajador será durante el primer año del contrato la fijada en Convenio Colectivo como salario de aprendiz Si el convenio no establece ni informa de ningún tipo de retribución específica para los contratos de formación, el salario será el establecido por la Ley para los mismos, que es el S.M.I. vigente con una reducción salarial del 15% y el segundo año como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional independientemente del tiempo trabajado. (Salario Mínimo Interprofesional = 641,40 con reducción del 15% = 545,19)
Jornada (Cotizaciones para el trabajar)
Contrato a tiempo parcial bonificado• . La jornada de trabajo de estos contratos deberá estar entre un 50 % y un 75 % de un trabajador comparable a tiempo completo.
Contrato de Formación bonificado• . El contrato siempre será a tiempo completo (sumando el tiempo dedicado a la formación teórica que como mínimo será del 15% de la jornada).
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