La simplificación del régimen de documentación de las operaciones vinculadas parece ser que será una realidad. El Ministerio de Economía y Hacienda inició ayer el trámite de información pública del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de documentación de las operaciones vinculadas.
El nuevo texto establece un umbral mínimo de 250.000 euros por debajo del cual, con carácter general, no resultará necesario cumplir con las obligaciones de documentación exigidas por el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Esta regla general estará limitada por algunas excepciones, de forma que dicha exoneración no será operativa cuando dichas operaciones se formalicen con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, con personas físicas que tributen bajo el régimen de estimación objetiva o bien en aquellos supuestos en los que se transmitan negocios, carteras, inmuebles o se realicen operaciones con intangibles.
La exoneración de documentación se extenderá también alas operaciones que se realicen entre agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas para cualquier operación que realicen con una entidad del mismo grupo fiscal al que pertenezcan sus miembros.
La nueva regulación, que se aplicará con carácter retroactivo a partir del pasado 19 de febrero, se aprueba en cumplimiento del mandato contenido en la disposición adicional única del Real Decreto Ley de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y del Empleo, aprobado el pasado 9 de abril.
En dicho texto se daba al Gobierno un plazo de tres meses para modificar la regulación de las obligaciones de documentación, que ahora asfixian a miles de empresas pequeñas y medianas incapaces de cumplir con unas exigencias inabarcables.
Desde la Junta Directiva de la AECE creemos que está reforma se queda corta ya que El RD sí que podía acometer una mejora fundamental: eximir de toda obligación de documentación a las operaciones nacionales, como otros países y según sugieren OCDE y UE y se debería establecer el límite de 250.000euros “ en cada operación.