El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 4/2010, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2011.
Por consiguiente, al amparo del artículo 30.Dos, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:
Preámbulo
Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2011 constituyen el instrumento de planificación económico-financiero del próximo ejercicio, en el que se plasman las directrices fundamentales en materia económica y social, así como los objetivos, proyectos y actuaciones a desarrollar por el Gobierno Regional. Todo ello en un contexto de persistente crisis que obliga, todavía más que en ejercicios precedentes, a la optimización de los escasos recursos disponibles para atender las esenciales necesidades de los ciudadanos de la Región de Murcia.
La crisis económica y financiera actual obliga a incidir, un año más, en unos presupuestos decididos por el gasto social y que, a su vez, persiguen el estímulo de la actividad económica. Así, se incide en aquellos instrumentos de financiación y garantía que permiten fomentar la inversión productiva necesaria para la reactivación de la economía regional, así como el cumplimiento de los compromisos pactados en desarrollo del marco que constituye el Plan Estratégico de la Región de Murcia 2007-2013. En el presente Presupuesto se continúa con la contención del gasto público, con una disminución que permite la prestación de servicios públicos fundamentales. Asimismo, se mantiene la política de incentivos fiscales dirigida a los colectivos más sensibles, esto es, las familias, los jóvenes, los discapacitados, los agricultores, las PYMES y los autónomos, que se enmarcan en los objetivos de actuación preferente de las políticas del Gobierno Regional.
La obligación de alcanzar los objetivos económicos y sociales básicos para los ciudadanos de esta Región, conduce a un presupuesto financiado con déficit por tercer año consecutivo. Para ello, como en el ejercicio pasado, se recurre a los mecanismos que permite la Ley de Estabilidad Presupuestaria, de flexibilización en la aplicación de la regla general de obtención de superávit o equilibrio de las cuentas públicas, debido a las bajas tasas de crecimiento económico de la economía española y regional.
En el escenario macroeconómico actual, el Consejo de Política Fiscal y Financiera permite flexibilizar la aplicación de los objetivos de estabilidad aprobados para cada una de las Comunidades Autónomas, de modo que, en el caso de nuestra Comunidad, mediante acuerdo de 27 de julio de 2010, se autorizó un déficit máximo del 1,30 por ciento del PIB regional para el presupuesto de 2011, lo que supone un incremento del saldo vivo de la deuda regional para dicho ejercicio de 356 millones de euros.
La presente Ley, de acuerdo con los criterios definidos por el Tribunal Constitucional, recoge las previsiones de ingresos y las autorizaciones de gastos para el ejercicio 2011, así como aquellas disposiciones de carácter normativo que guardan relación directa con las previsiones de ingresos, las habilitaciones de gasto o los criterios de política económica general, que sean complemento para la más fácil interpretación y más eficaz ejecución de los Presupuestos y de la política económica del Gobierno regional.
Asimismo, se incluyen determinadas modificaciones de normas tributarias para el ejercicio 2011, al amparo de lo dispuesto en el artículo 134.7 de la Constitución que dispone que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos, pero sí modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.
Formalmente, el texto articulado de la Ley se compone de cincuenta y siete artículos, veintitrés disposiciones adicionales y dos disposiciones finales y, de acuerdo con la ordenación sistemática de su contenido, presenta la estructura con el detalle que seguidamente se indica.
El Título I «De la aprobación de los Presupuestos» se divide en dos capítulos. El Capítulo I recoge los créditos globales que se aprueban para la Administración Pública Regional, sus organismos autónomos y las entidades públicas empresariales, otras entidades de derecho público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sociedades mercantiles regionales, y, como novedad para este año, también para las dotaciones para las fundaciones del sector público autonómico, determinándose el importe global con el que se financiarán dichos créditos, así como el importe del presupuesto consolidado de la Administración Pública Regional y sus organismos autónomos, y la distribución funcional del gasto.