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Modificaciones en el modelo 347

Hasta el 31 de marzo del presente año los autónomos que declaren por el sistema de módulos (estimación objetiva), en el Impuesto sobre la Renta y en el Régimen Simplificado del IVA, deberán presentar a Hacienda todas las facturas por cantidades en metálico que se hubieran percibido de cada una de las personas o entidades relacionadas en la declaración, por un importe superior a los 6.000 euros en sus relaciones comerciales desde el 1 de enero de 2008, y las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el Impuesto sobre el Valor añadido.

Estas modificaciones vienen recogidas en la Orden Ministerial que publicó el Ministerio de Economía y Hacienda el pasado 23 de octubre en el Boletín Oficial de Estado.

A partir de ahora el trabajador por cuenta propia está obligado a presentar ante Hacienda, hasta el 31 de marzo no sólo la factura total, sino todas aquellas que justifiquen pagos en metálico.

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