Respecto a la forma de presentación, todos los sujetos que presenten declaración mensual, la presentación del modelo 303 se realizará de manera telemática obligatoriamente, además de las sociedades anónimas y limitadas que también tendrán que realizarlo así, ya sea mediante obligación mensual o trimestral.
El modelo 310 para las empresas que se encuentran en módulos se mantiene, y se reforma el modelo 308 que se utilizará para solicitar las devoluciones en el régimen del recargo de equivalencia, así como para las devoluciones rápidas de las empresas de transportes por la adquisición de nuevos vehículos.
Por último, esta orden entra en vigor el día 1 de enero, con lo cual, las declaraciones de IVA que se presenten a partir de este mes de enero se realizarán con este nuevo modelo 303.