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Renovar el Registro de Empresas Acreditadas

La Consejería de Empleo ha publicado la Orden de 13 de septiembre de 2010, que modifica la Orden de 23 de mayo de 2008 por la que se crea el Registro de Empresas Acreditadas como Contratistas o Subcontratistas del Sector de la Construcción de la Comunidad, de manera que en esta orden se aprueban nuevos modelos de solicitudes de inscripción y de renovación, de comunicación de variación de datos, de cancelación de la inscripción y de certificados de inscripción en este registro. 
En esta nueva orden, se introduce un artículo donde se aboga por una colaboración con el sistema estadístico de Andalucía, de forma que, según apunta, “con el objeto de impulsar la colaboración entre el registro y el Sistema Estadístico de Andalucía para la elaboración de estadísticas oficiales se establecerán los circuitos de información necesarios para la ejecución de las actividades estadísticas que se incluyan en los planes y programas estadísticos de Andalucía sobre esta materia”. 
Asimismo, se apunta que la información del Registro que se utilice en la confección de estadísticas oficiales “estará soportada en un sistema informático y quedará sometida a la preservación del secreto estadístico”. Además, se aboga por modificar los modelos de solicitudes de inscripción y de renovación de la inscripción, de comunicación de variación de datos, de cancelación de la inscripción, y de certificados de inscripción en el Registro Empresas Acreditadas como contratistas o subcontratistas del Sector de la Construcción de la Comunidad Autónoma. 
En esta orden además se incide en la necesidad de que los requisitos exigidos a las empresas “cuando se acrediten mediante simples copias, conllevará el compromiso de aportar los documentos originales o copia autenticada de los mismos, a requerimiento del órgano competente”. 
A finales de agosto, cuando se cumplieron dos años desde la entrada en vigor del registro, más de 29.000 empresas andaluzas o que operan en Andalucía y que lo hacen como subcontratistas en el sector de la construcción, en concreto 29.090 empresas, se inscribieron en el Registro de Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Construcción de Andalucía (REA), en el que las empresas del sector deben registrarse como requisito obligatorio para poder desarrollar su trabajo y seguir con su actividad, según contempla la Ley de Subcontratación. Asimismo, dicho registro con carácter único en todo el territorio nacional, tiene un período de validez de tres años, según dispone el art. 14 de la Orden, debiendo solicitar su renovación dentro de los seis meses anteriores a la expiración de la validez, pues en caso de no hacerlo en plazo, se entenderá automáticamente cancelada la inscripción en el Registro.
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