Continuar con la senda trazada en años anteriores resulta no sólo necesario, sino también conveniente, si queremos abordar con posibilidades de éxito los retos que se plantean de cara a la consolidación de la Economía Social.
La Consejería de Educación, Formación y Empleo apuesta decididamente por la Economía Social como fórmula para dinamizar el tejido empresarial a nivel Regional, en su objetivo de creación de empleo.
Se hace especial incidencia en la creación de empleo entre jóvenes menores de 25 años, mujeres, discapacitados y colectivos en situación de exclusión social.
La Orden se ha elaborado teniendo en cuenta:
– El I Plan Regional de Economía Social 2009-2011, firmado el día 24 de marzo de 2009 entre el Gobierno Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los representantes de la Organizaciones Empresariales de Economía Social.
– El II Pacto por la Estabilidad en el Empleo en la Región de Murcia 2007-2010, firmado el día 17 de julio de 2006 entre el Gobierno Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y los agentes económicos y sociales.
– La Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (BOE n.º 270, de 11.11.2005).
En consecuencia, se estima conveniente establecer Programas de Ayuda destinados al Fomento de la Economía Social. Los Programas 1.º y 5.º de la presente Orden están cofinanciados parcialmente por el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo Plurirregional 2007-2013.
La presente Orden establece las bases reguladoras de las citadas subvenciones, cumpliéndose así con las exigencias contenidas en la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM n.º 278, de 02.12.2005) y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18.11.2003).
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Trabajo, oído el Consejo Asesor Regional de Economía Social y en uso de las facultades que me confiere el artículo 16 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM n.º 301, 30.12.2004).