Bases Programa: Orden 7 de marzo de 2007 (BORM 23-03-07), modificada por la Orden de 17 de enero de 2008 (BORM 0-02-2008).
Beneficiarios: PYMES, cuyo domicilio fiscal o el centro de trabajo para el que se efectúe la contratación se encuentre en la Región de Murcia
Contrataciones subvencionadas:
Las contrataciones laborales iniciadas entre el 15-04-2008 y 17-04-2009 (último día del plazo de presentación de solicitudes fijado en esta convocatoria = 45 días naturales a partir del siguiente a la publicación en el BORM)
La contratación laboral indefinida, a tiempo completo o parcial, de personas, desempleadas e inscritas en Oficina de Empleo:
Mujeres.
Hombres en riesgo de exclusión social o que ostenten la condición de beneficiarios o pertenezcan a un colectivo incluido en alguna Iniciativa o Plan de la Administración Regional de fomento del empleo que así lo prevea, o bien hayan participado con aprovechamiento en un programa de Escuela Taller, Casa de Oficios o Taller de Empleo, y no hayan transcurridos doce meses desde su finalización.
Hombres menores de 30 años.
Hombres de 45 o más años.
Hombres de 30 o más años con 12 o más meses de inscripción ininterrumpida como desempleados en la Oficina de Empleo correspondiente.
Personas, tituladas universitarias de primer (Diplomatura o Ingeniería Técnica) y/o segundo ciclo (Licenciados, Arquitectos o Ingenieros), cuando éstas sean contratadas por empresas del sector industrial para la realización de tareas acordes con su formación y en categorías profesionales correspondientes a su titulación.
La transformación de cualquier contrato de duración determinada o temporal, incluidos los formativos, en un contrato indefinido a jornada completa, cuando la empresa solicitante sea de nueva creación o tenga una plantilla formada por menos de 6 personas y se cumpla alguna de las dos condiciones siguientes:
Mujer menor de 30 años, o bien su edad sea de 45 años o superior.
Hombres de 55 o más años.
Incompatibilidades:
La suma de subvenciones o ayudas otorgadas para la misma finalidad por ésta u otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no puede superar los límites de intensidad establecidos para el fomento de la contratación. Límite máximo 200.000,00 € en un período de tres años, cualquiera que fuera la finalidad para la que se concedió la ayuda o subvención.